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Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos
     

Unidad u Organismo Interno Facultades Funciones o Atribuciones Fuente Legal Enlace
Presidente

Al Presidente le corresponderá la iniciativa más directa en las actividades de la Corporación y tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

  • Presidir las Asambleas Generales de Socios y el Directorio.
  • Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación, quedando facultado para que en el ejercicio de esta atribución pueda conferir poderes para que dicha representación se ejerza a su nombre.
  • Firmar los documentos oficiales.
  • Ejercitar la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la institución y la fiel observancia de los estatutos, de las disposiciones legales pertinentes y de los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio.
  • Ejercer todos los derechos que las leyes, reglamentos y los estatutos le otorgan.
Decreto Nº 506 del  18 de Junio de 1984 del Ministerio de Justicia, concede personalidad jurídica y  aprueba estatutos de Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales
Directorio
  • Dirigir la Corporación y administrar sus bienes.
  • Citar a la Asamblea General Ordinaria de Socios y a las Extraordinarias, cuando sea necesario o lo pidan por escrito las dos terceras partes de los socios activos indicando su objeto.
  • Interpretar los Estatutos y dictar los reglamentos que estime necesarios para la mejor marcha de la Corporación.
  • Organizar los Servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos como también contratar los servicios de otras entidades públicas o privadas. Por medio de estos servicios la Corporación elaborará y llevará a ejecución los planes y programas de cooperación al desarrollo social de su comuna.
  • Rendir cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria de Socios de la inversión de los fondos y de la marcha de la Corporación durante el período en que ejerza sus funciones.
  • Delegar en el Presidente, en uno o más Directores, ya sea separada o conjuntamente, o en el Secretario General, las facultades económicas y administrativas de la corporación y, entre ellas y sin que esta enumeración importe limitación a sus amplias facultades de administración, las siguientes: Adquirir  a cualquier título toda clase de bienes, corporales o incorporales, sean raíces o muebles; cobrar y percibir cuanto se adeude a la corporación y otorgar los correspondientes recibos y cancelaciones; aceptar donaciones, herencias y legados; realizar y celebrar toda clase de actos y contratos, y contraer obligaciones de cualquier especie como también extinguirlas, excepto acordar la enajenación y/o gravámenes sobre los bienes raíces de la corporación, facultad que queda entregada exclusivamente al Directorio; abrir cuentas corrientes bancarias de depósito o crédito, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos con o sin garantías; endosar, cancelar, descontar, cobrar, aceptar, avalar y protestar cheques, libranzas, letras de cambio y otros documentos de crédito o efectos de comercio; otorgar prendas y cancelarlas, efectuar operaciones de cambio y comercio exterior; hacer declaraciones juradas, ceder créditos y aceptar cesiones de créditos; y en general, realizar toda clase de operaciones en bancos comerciales, de fomento, hipotecarios, del Estado y con Cajas y personas o instituciones de crédito o de otra naturaleza, ya sean públicas o privadas.
  • Vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los socios y establecer sanciones por infracción de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la corporación.
Decreto Nº 506 del  18 de Junio de 1984 del Ministerio de Justicia, concede personalidad jurídica y  aprueba estatutos de Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales
 Secretaria General
  • Promover, coordinar y dirigir, por mandato expreso del Directorio, las labores     de carácter económico y administrativo que la corporación lleve a cabo para dar cumplimiento a sus finalidades.
  • Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General de Socios que el Directorio le encomiende como  asimismo los acuerdos del Directorio.
  • Rendir cuenta trimestralmente al Directorio de su gestión administrativa.
  • Cuidar de la recaudación de las entradas y tener bajo control los ingresos.
  • Proponer anualmente al Directorio para su aprobación, el presupuesto de entradas y gastos y el Balance y la Memoria de la corporación.
  • Llevar el Registro General de Socios de la corporación.
  • Custodiar los fondos, títulos y valores de la corporación y autorizar los gastos imprevistos que, a su juicio, deban ser solventados, dando cuenta al Directorio en la primera sesión que celebre después de la indicada autorización.
  • Controlar debidamente los ingresos y los egresos de los fondos sociales y supervigilar la contabilidad de la corporación.
Decreto Nº 506 del  18 de Junio de 1984 del Ministerio de Justicia, concede personalidad jurídica y  aprueba estatutos de Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales
Director de Educación
  • Asesorar al Directorio y al Secretari@ General en la formulación de las políticas relativas a las áreas correspondientes a Educación, traspasados al Municipio.
  • Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con educación, y demás servicios incorporados a su gestión.
  • Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de educación, en coordinación con el Departamento Administrativo Financiero.
  • Procurar las condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos de enseñanza a cargo de la Corporación.
  • Asumir la dirección administrativa de los establecimientos de Educación Municipal, en conformidad con las disposiciones legales pertinentes.
  • Proveer los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para el normal desarrollo de las actividades educativas. Para esto podrá ajustar la dotación docente y no docente asociándola a la matrícula  real y al PIE de cada establecimiento educacional.
  • Promover, programar y desarrollar cursos de capacitación para el personal docente y  no docente de los servicios educacionales.
  • Velar por el cumplimiento de los programas y normas técnico-pedagógicas emanadas del Ministerio de Educación, en los establecimientos educacionales municipales.
  • Coordinar con organismos públicos y privados y en especial con la I. Municipalidad de Natales, la elaboración y ejecución de programas extraescolares de la comuna.
  • Promover actividades para la educación de los padres y apoderados que redunden en un beneficio para el escolar.
  • En el área de liderazgo: Fortalecer los equipos de gestión, resguardar la idoneidad docente potenciando el desempeño profesional y acompañar técnicamente a los establecimientos a través del Equipo Técnico Pedagógico.
Contrato

Jefe de Salud

  • Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades inherentes a la Unidad, respondiendo de ello a su superior directo y velando por la coherencia de la acción de ésta con las demás unidades del municipio.
  • Administrar los recursos humanos de su unidad encuadrándose en la normativa legal, en las instrucciones jerárquicas de su Jefatura y en las normas y planes de acción que al respecto se apliquen.
  • Velar por el oportuno cumplimiento en los plazos de información solicitada por las unidades funcionales del Municipio.
  • Otorgar todas las prestaciones del nivel primario propias de los servicios de salud a los beneficiarios legales o convencionales y entregar los medicamentos prescritos.
  • Aplicar los programas de salud establecidos para la atención primaria.
  • Elaborar y desarrollar programas de higiene y protección del medio ambiente, como asimismo otros programas que tiendan a la prevención, detección y tratamiento de enfermedades contagiosas, en coordinación con entidades privadas y con organismos del Ministerio de Salud.
  • Mantener el arsenal farmacológico establecido por el Ministerio de Salud para la atención primaria.
  • Mantener la coordinación profesional con el Servicio de Salud  de Magallanes.
  • Coordinar con otras unidades municipales o afines, las acciones extra programáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas legales vigentes.
  • Controlar los factores patógenos ambientales de forma que permitan aplicar normas de prevención epidemiológica.
  • Efectuar la administración financiera y de personal del servicio de salud municipalizado.
  • Asegurar el funcionamiento permanente de los establecimientos a su cargo, contratando personal adecuado y necesario.
  • Llevar y presentar las estadísticas de las acciones que realicen y de las prestaciones que se otorguen.
  • Realizar las reparaciones necesarias de los bienes a su cargo, el pago de los impuestos y contribuciones.
  • Programar actividades de capacitación en los temas de su competencia.
  • Ordenar, de acuerdo a prioridades y con criterios epidemiológicos, las áreas problemas con relación al medio ambiente.
  • Llevar y presentar las estadísticas de las acciones que realicen y de las prestaciones que se otorguen.
  • Impartir instrucciones y mejorar los procedimientos de atención de salud.
  • Coordinar las acciones de los consultorios y las postas que se anexen al servicio.
  • Aplicar los programas de salud de atención ambulatoria.
  • Supervisar la función de la ronda médica.
  • Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de los ingresos de servicio.
  • Llevar los registros presupuestarios del área, conforme a las normas de Contraloría.
  • Elaborar  el presupuesto del servicio.
  • Adquirir y proveer los insumos, instrumentos y demás bienes necesarios a la función.
  • Evaluar el desempeño de los funcionarios de su dependencia.
  • Emitir los informes técnicos que le sean requeridos.
  • Firmar los actos administrativos que le haya delegado la Alcalde.
  • Participar, cuando concurran materias de su competencia, en el Comité de Políticas, Planes y Desarrollo Sustentable.
  • Emitir los informes que le sean requeridos.
  • Desempeñar las demás funciones que la Ley o la Alcalde le encomienden.
Funciones

Jefe Departamento Administración y Finanzas

  • Formular y proponer al Secretario General normas, políticas y procedimientos para el mejor funcionamiento de las actividades relacionadas con la administración y contabilidad de la corporación.
  • Supervisa la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto anual, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
  • Elaboración y control de presupuestos.
  • Revisar los cheques emitidos por diferentes conceptos, tales como: pagos a proveedores, pagos de servicios, aportes, fondos funcionamiento y otras asignaciones especiales.
  • Aprobar y firmar el reporte de honorarios profesionales bajo la modalidad de prestación de servicios.
  • Aprobar y firmar la emisión de cheques, órdenes de compra, entre otras, para la adquisición de bienes y servicios.
  • Apoyar a la organización en todas las gestiones legales y reglamentarias. (asesorías externas fiscales, contables y/o laborales, etc).
  • Controlar y registrar por separado los gastos de los trabajos realizados de diferentes contratos que mantenga la empresa.
  • Otras que le sean asignadas por el Secretario General dentro del ámbito de su competencia.
Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT
Unidad Jurídica
  • Iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del Secretario General, de todos aquellos juicios en que la Corporación Municipal sea parte o tenga interés.
  • Defensa frente a procedimientos iniciados por Órganos de la Administración del Estado.
  • Informar en derecho todos los asuntos legales que el Secretario General o las respectivas Direcciones de Área le planteen.
  • Orientar al Secretario General y a todas las Direcciones de Área respecto de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
  • Mantener al día los títulos de los bienes Corporativos.
  • Efectuar, cuando el Secretario General lo ordene, las investigaciones sumarias y sumarios administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cualquier Departamento o Dirección, bajo la supervigilancia que al respecto le corresponda a esta Unidad.
  • Mantener archivos de reglamentos, instructivos, convenios y contratos dictados y firmados por la Corporación Municipal a través de su Secretario General.
  • Otras funciones que el Secretario General le asigne, de conformidad con la legislación vigente.
Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT
Unidad de Control
  • La obtención de la información financiera oportuna, confiable y suficiente como herramienta útil para la gestión y el control.
  • Promover la obtención de  la información técnica y otro tipo de información no financiera para utilizarla como elemento útil para el control.
  • Procurar adecuadas medidas para la protección, uso y conservación de los recursos financieros, materiales, técnicos y cualquier otro  de propiedad de la Corporación.
  • Promover la eficiencia organizacional de la Corporación para el logro de los objetivos y su misión.
  • Asegurar que  todas  las acciones  institucionales se desarrollen en el marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
  • Velar por el uso eficiente de los recursos humanos, materiales y financieros.
  • Dar seguimiento a la ejecución presupuestaria.
  • Apoyar el proceso de rendiciones de cuentas.
  • Velar porque la información administrativa y  financiera sea oportuna, correcta              y confiable para la toma de decisiones.
  • Auditar las adquisiciones, la recepción y liquidación, pagos y contrataciones de obras y servicios, con base en las normas y procedimientos que se preparen.
  • Auditar el inventario de bienes y velar porque las altas y bajas del mismo estén debidamente operadas, actualizadas y respaldadas.
  • Rendir informes que le correspondan por la naturaleza del puesto o que le sean requeridos por el  Secretario General.
  • Vigilar   el   buen   funcionamiento   de    la    Corporación,   mediante   el cumplimiento de las normas legales y técnicas.
  • Trabajar directamente con el Secretario General, presentarle informes, propuestas y recomendaciones, y puede, si se le solicita,  ayudar a tomar  decisiones correctivas que sean pertinentes y opinar sobre los informes que pueda emitir  la Corporación  a  organismos  de control.
  • Mantener colaboración y control con todas las dependencias administrativas de la Corporación, especialmente con las vinculadas al tema administrativo y  financiero.
Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT
Coordinadora Programa Comunal Integración
  • Asesorar al Directorio y al Secretario General en la formulación de las políticas relativas a las áreas correspondientes a Educación, traspasados al Municipio.
  • Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con educación, y demás servicios incorporados a su gestión.
  • Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de educación, en coordinación con el Departamento Administrativo Financiero.
  • Procurar las condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos de enseñanza a cargo de la Corporación.
  • Asumir la dirección administrativa de los establecimientos de Educación Municipal, en conformidad con las disposiciones legales pertinentes.
  • Proveer los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para el normal desarrollo de las actividades educativas. Para esto podrá ajustar la dotación docente y no docente asociándola a la matrícula  real y al PIE de cada establecimiento educacional.
  • Promover, programar y desarrollar cursos de capacitación para el personal docente y  no docente de los servicios educacionales.
  • Velar por el cumplimiento de los programas y normas técnico-pedagógicas emanadas del Ministerio de Educación, en los establecimientos educacionales municipales.
  • Coordinar con organismos públicos y privados y en especial con la I. Municipalidad de Natales, la elaboración y ejecución de programas extraescolares de la comuna.
  • Promover actividades para la educación de los padres y apoderados que redunden en un beneficio para el escolar.
  • En el área de liderazgo: Fortalecer los equipos de gestión, resguardar la idoneidad docente potenciando el desempeño profesional y acompañar técnicamente a los establecimientos a través del Equipo Técnico Pedagógico.
Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT
Jefe Departamento de Finanzas
  • Asesorar al Presidente de la Corporación y/o su representante en los aspectos de la administración financiera y contable y bienes de la organización.
  • Analizar, evaluar los ingresos.
  • Recaudar, percibir y visar ingresos y egresos de fondos de las entidades proveedoras de recursos fiscales, municipales y particulares.
  • Ejercicio de la función contable, en conformidad con las normas de la contabilidad gubernamental y con las instrucciones que al Contraloría General de la República imparta al respecto.
  • Efectuar los pagos, manejar cuentas bancarias respectivas y rendir cuentas a las entidades  proveedoras de recursos y organismos fiscalizadores.
  • Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de ingresos fiscales y aquellos que se requieren como aportes municipales  y privados para financiar las necesidades surgidas en materia de la Salud.
  • Colaborar en la elaboración del presupuesto Anual del Área de Salud Municipal.
  • Mantener actualizado el presupuesto del Área de Salud y sugerir modificaciones.
  • Mantener revisado y actualizados los inventarios de las dependencias del Área de Salud.
  • Mantener informado al Jefe de área de Salud de la disponibilidad presupuestaria y gastos pendientes.
  • Mantener actualizados los contratos de trabajo.
  • Establecer licitaciones para contratar servicios requeridos por los departamentos  y establecimientos, tales como, guardias, aseo y hacer seguimiento de las reparaciones, desde la solicitud y hasta el termino.
  • Gestionar los convenios y subvenciones con entidades gubernamentales.
  • Otras funciones designadas por el Jefe directo.
Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT



 
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