Ley de Trasparencia Activa

El día 20 de agosto del año 2008, se publicó en el Diario Oficial la Ley 20.285, "Ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado", norma que establece como principio rector, que la función pública se debe ejercer con transparencia, de modo que permita y promueva el conocimiento de los procedimientos, contenidos y decisiones que se adopten en ejercicio de ella. Para cumplir este objetivo, la citada Ley regula el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información. De acuerdo a lo que dispone el artículo 2º de la norma, las disposiciones de esta ley serán aplicables a los ministerios, las intendencias, las gobernaciones, los gobiernos regionales, las municipalidades, las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. También se aplica a la Contraloría General de la República; el Banco Central; a las empresas públicas creadas por ley y a las empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio; y a los demás órganos del Estado, en aquellas disposiciones de esta ley que expresamente ésta señale. Mediante Instrucción General Nº 4 sobre Transparencia Activa, del Consejo para la Transparencia, publicada en el Diario Oficial el 03 de Febrero de 2010, se incorporó como entidad obligada al cumplimiento de la Ley, a "Las corporaciones y fundaciones de derecho privado que presten servicios públicos o realicen actividades de interés público, en la medida que más del cincuenta por ciento de su órgano directivo sea designado por autoridades o funcionarios públicos o esté integrado por éstos. En esta última situación se entenderán comprendidas, entre otras, las Corporaciones Municipales de Salud y Educación". En cumplimiento a este Instructivo, la Corporación Municipal de Natales para el Desarrollo Social, ha procedido a publicar aquella información requerida por la norma, en cuanto sea pertinente, de acuerdo a la función que sirve y su naturaleza de persona jurídica de derecho privado, no perteneciente a la Administración del Estado.




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